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lunes, 30 de enero de 2017

ALTA TEMPRANA de TRABAJADORES de CYGBA en el SISTEMA “MI SIMPLIFICACION”

Previamente a la contratación de un empleado, CYGBA, debe habilitar ante la AFIP la Clave de Alta Temprana (CAT), la misma se podrá obtener en la dependencia de la entidad o por internet en la página web www.afip.gov.ar., también telefónicamente a través del 0 800 999 2347 (AFIP). Para realizar dicho trámite previamente CYGBA debe conocer el nombre de la ART contratada por el consorcio, la CUIL del trabajador, y el código de la Obra Social.
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EL CONTRATO DE TRABAJO EN 
LOS CONSORCIOS de CYGBA
DESDE EL PUNTO DE VISTA CONTABLE

En CYGBA recordamos brevemente la normativa a la que ya se hiciera mención.
Usualmente los consorcios que CYGBA Administra, suelen ocupar personal para cumplir con tareas de limpieza y cuidado del inmueble. Dichos empleados están amparados por el Sindicato de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (S.U.T.E.R.H.), resultando de aplicación los correspondientes Convenios Colectivos y la Ley 12.981 ( Estatuto del Personal de Casas de Renta y Propiedad Horizontal), sin perjuicio de lo cual toda situación no regulada expresamente por dichas normas, se regirá por las que se detallan a continuación:
Ley 20744 de Contrato de Trabajo texto vigente (con sus modificatorias)
Ley 11544, de Jornada de Trabajo- el Decreto 16115/1933- el Decreto 2882/1979-
Ley 23551 de Asociaciones Profesionales de Trabajadores
Ley 24241, de Jubilaciones y Pensiones
Ley 23660, de Obras Sociales
Ley 24714, de Asignaciones Familiares
Ley 24557 de Riesgos del Trabajo
Decreto 814/01 que regula el régimen de contribuciones de la Seguridad Social
Resolución Secretaría de Seguridad Sociaol 14/02 modificada por la SSS 60/04 que establece los requisitos que se deben cumplir a fin de poder percibir asignaciones familiares
Resolución General (A.F.I.P.-DGI) 3834 y todas sus modificatorias que regulan los requisitos y formalidades a cumplir a fin de determinar e ingresar los aportes y contribuciones de los trabajadores en relación de dependencia. En especial considerar el nuevo programa aplicativo SICOSS (sistema de cálculo de obligaciones de la seguridad social ) .
Resolución General AFIP 2590 (BO 16-4-2009) que modifica las Tablas “Códigos de Actividad” y “Códigos de Modalidades de Contratación” disponible en la web AFIP (www.afip.gob.ar/aplicativos/seguridadsocial ) -
A partir de la Resolución del Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social Nº 231/2006, la Resolución General AFIP Nº 2016/06 y sus modificatorias y la Resolución ANSeS 241/06 se creó el Programa de Simplificación Registral que aparece en el portal de AFIP . Este sistema sirve para informar los datos del trabajador a todos los organismos relacionados con la temática laboral.
Tanto el Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social de la Nación, cuanto la AFIP tienen potestad para fiscalizar todo lo referido al régimen de Seguridad Social. En este sentido las obligaciones del empleador tienen 2 aspectos principales a cumplir:
a) Que todas las relaciones laborales sean informadas en el aplicativo Simplificación Registral - Empleadores
b) Que se cumpla con la presentación y pago de la declaración Jurada mensual del empleador.-

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