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martes, 31 de enero de 2017

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CYGBA EN PPTV

El historietista, Mauro Serafini, en Proyecto Propio TV - CYGBA OPINA:



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Tips para mejorar la seguridad en nuestros edificios, CYGBA OPINA

                        - Bernardo López Coronel de CYGBA en PPTV -




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lunes, 30 de enero de 2017

ALTA TEMPRANA de TRABAJADORES de CYGBA en el SISTEMA “MI SIMPLIFICACION”

Previamente a la contratación de un empleado, CYGBA, debe habilitar ante la AFIP la Clave de Alta Temprana (CAT), la misma se podrá obtener en la dependencia de la entidad o por internet en la página web www.afip.gov.ar., también telefónicamente a través del 0 800 999 2347 (AFIP). Para realizar dicho trámite previamente CYGBA debe conocer el nombre de la ART contratada por el consorcio, la CUIL del trabajador, y el código de la Obra Social.
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EL CONTRATO DE TRABAJO EN 
LOS CONSORCIOS de CYGBA
DESDE EL PUNTO DE VISTA CONTABLE

En CYGBA recordamos brevemente la normativa a la que ya se hiciera mención.
Usualmente los consorcios que CYGBA Administra, suelen ocupar personal para cumplir con tareas de limpieza y cuidado del inmueble. Dichos empleados están amparados por el Sindicato de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (S.U.T.E.R.H.), resultando de aplicación los correspondientes Convenios Colectivos y la Ley 12.981 ( Estatuto del Personal de Casas de Renta y Propiedad Horizontal), sin perjuicio de lo cual toda situación no regulada expresamente por dichas normas, se regirá por las que se detallan a continuación:
Ley 20744 de Contrato de Trabajo texto vigente (con sus modificatorias)
Ley 11544, de Jornada de Trabajo- el Decreto 16115/1933- el Decreto 2882/1979-
Ley 23551 de Asociaciones Profesionales de Trabajadores
Ley 24241, de Jubilaciones y Pensiones
Ley 23660, de Obras Sociales
Ley 24714, de Asignaciones Familiares
Ley 24557 de Riesgos del Trabajo
Decreto 814/01 que regula el régimen de contribuciones de la Seguridad Social
Resolución Secretaría de Seguridad Sociaol 14/02 modificada por la SSS 60/04 que establece los requisitos que se deben cumplir a fin de poder percibir asignaciones familiares
Resolución General (A.F.I.P.-DGI) 3834 y todas sus modificatorias que regulan los requisitos y formalidades a cumplir a fin de determinar e ingresar los aportes y contribuciones de los trabajadores en relación de dependencia. En especial considerar el nuevo programa aplicativo SICOSS (sistema de cálculo de obligaciones de la seguridad social ) .
Resolución General AFIP 2590 (BO 16-4-2009) que modifica las Tablas “Códigos de Actividad” y “Códigos de Modalidades de Contratación” disponible en la web AFIP (www.afip.gob.ar/aplicativos/seguridadsocial ) -
A partir de la Resolución del Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social Nº 231/2006, la Resolución General AFIP Nº 2016/06 y sus modificatorias y la Resolución ANSeS 241/06 se creó el Programa de Simplificación Registral que aparece en el portal de AFIP . Este sistema sirve para informar los datos del trabajador a todos los organismos relacionados con la temática laboral.
Tanto el Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social de la Nación, cuanto la AFIP tienen potestad para fiscalizar todo lo referido al régimen de Seguridad Social. En este sentido las obligaciones del empleador tienen 2 aspectos principales a cumplir:
a) Que todas las relaciones laborales sean informadas en el aplicativo Simplificación Registral - Empleadores
b) Que se cumpla con la presentación y pago de la declaración Jurada mensual del empleador.-

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domingo, 29 de enero de 2017

CYGBA: Deberes y Obligaciones de Encargados de Edificios

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1.Habitar la unidad que en el edificio se ha destinado a ese fin , la que deberá mantener en perfecto estado de conservación e higiene destinándola exclusivamente para el uso que le es propio, para habitarla con su familia integrada por su esposa e hijos, estándole prohibido darle otro destino ni albergar en ella, aunque fuera transitoriamente a personas extrañas al núcleo familiar. El administrador (CYGBA) podrá verificar personalmente el estado de la vivienda en compañía del empleado, siempre en horarios de trabajo.

2.Usar la ropa de trabajo que debe suministrarle el 
empleador de conformidad a lo establecido en el art. 15 del presente convenio. Esto será analizado en otra ocasión. El administrador (CYGBA) es quien debe adquirirlo en nombre del consorcios que quien lo abonará a traves de sus expensas. Eladministrador (CYGBA) también debe controlar que el uso de la misma sea el correcto.

3.En caso de que el empleador se lo suministre, usar la indumentaria la cual deberá ser confeccionada sin adornos, leyendas ni colores llamativos, y que consistirá en dos trajes, uno de verano y otro de invierno, cuatro camisas, dos corbatas y un par de zapatos, esta entrega podrá repetirse cada dos años.
Esto será analizado en otra ocasión.

4.Avisar al administrador 
(CYGBA), de inmediato toda novedad que se produjera en el edificio.
5.Poner en conocimiento del administrador (CYGBA), inmediatamente de formulado, cualquier reclamo que hagan los copropietarios.Si el administrador no viviera en el edificio, los gastos que demandare la comunicación estarán a cargo del empleador.
6.Darle a todos y cada uno de los copropietarios u ocupantes por igual,el correcto tratamiento a que tienen derecho los integrantes del consorcio.

7.Mantener en perfecto estado de conservación aseo e higiene, todas las partes comunes del 
edificio, asimismo no estará obligado a realizar la limpieza de pileta de natación ni lavado de paredes pintadas, salvo las manchas producidas en las interiores comunes cuando sean ocasionales y no derivadas de su uso normal o producidas por el paso del tiempo. El resultado de esta tarea no es responsabilidad del trabajador.

8.Controlar el funcionamiento de las máquinas e instalaciones del 
edificio.

9.Entregar sin dilación alguna a cada destinatario la correspondencia que viniera dirigida a ellos como asimismo los resúmenes de expensas y comunicaciones que efectuare el administrador por escrito a los copropietarios".

10.Vigilar la entrada y salida de personas del edificio, impidiendo sin excepción alguna la entrada de vendedores ambulantes y el estacionamiento de personas en las puertas de acceso.

11.Impedir la entrada al edificio de proveedores, fuera del horario que al efecto fije el administrador.

12.Poner en funcionamiento y asegurar la protección de los servicios generales del edificio en las oportunidades que fije el administrador dentro del horario habitual de tareas.

13.Acatar las órdenes que imparta el admi-nistrador, las que deberán ser fijadas en un libro de órdenes rubricado por la autoridad competente, el que permanecerá en poder del administrador con la obligación del encargado de notificarse recibiendo una copia de lo expuesto en el mismo, pudiendo hacer los descargos que estime conveniente.

14.Abstenerse de realizar cualquier tarea de atención a los copropietarios en su horario de trabajo pudiendo realizarlos por su cuenta en horario de descanso y francos.

15.Mantener debidamente actualizado y proporcionar a sus reemplazantes circunstanciales o definitivos, toda la información concerniente al desempeño de las distintas tareas a su cargo.

16.La responsabilidad de las tareas recae exclusivamente en la persona designada por el principal, estando excluído derivar dicha responsabilidad en familiares o terceros, siendo tal incumplimiento una falta, no teniendo el empleador responsabilidad alguna ante eventuales accidentes o reclamos que pudieran producirse por parte de estos familiares o terceras personas.

17.Las llaves del sótano y controles del edificio, sólo podrán encontrarse en poder del trabajador encargado y del administrador, o de la persona que éste designe. De encontrarse su acceso en la vivienda del encargado, sólo podrá accederse en caso de emergencia.

18.El 
administrador del consorcio se halla facultado para indicar el lugar donde deberán hallarse a disposición los empleados comprendidos en la CCT vigente cuando no se encuentren prestando tareas efectivas.


19.El administrador podrá determinar y ordenar la cantidad de veces que se retirarán los residuos en el edificio dentro del horario de trabajo.

20.El empleado con vivienda que se encuentra en el edificio, tendrá la obligación de prestar colaboración en el consorcio aunque se encuentre fuera de su horario de servicio, cuando se produzcan emergencias, situaciones de urgencia o cuando se ponga en peligro la seguridad de los bienes y de las personas que habitan el consorcio. La colaboración prestada por el empleado en tales circunstancias deberá ser remunerada con el pago de horas extraordinarias.

21.Entre el trabajador y el empleador se podrá establecer libremente la realización de jornadas continuadas y sin descansos intermedios, dentro de lo establecido en la presente convención.

22.Barrer y recoger la basura del cordón de la vereda en toda la extensión del frente del edificio.

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sábado, 28 de enero de 2017

¡OPINE CON CYGBA!

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CYGBA cuenta qué datos son necesarios para dar de alta a un trabajador

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Datos del trabajador necesarios para procesar el alta y la liquidación y para armar su legajo que estará en poder de la administración. 
Te contamos como lo hacemos en Administración CYGBA!

INFORMACION PERSONAL (Declaración Jurada)
Apellido y Nombres
Fecha de Ingreso
CUIL / CUIT / CDI
Categoría Laboral
Categoría del Inmueble
Estado Civil (Soltero - Casado - Viudo –
Divorciado - Unido De Hecho)
Tipo y Nº de Documento De Identidad
Domicilio
Teléfono/Correo Electrónico
Pluriempleo Si / No (Informar Datos del Otro/S Empleador/Es-Aportes y Recibos de Haberes Mensuales)
Nivel de Estudios
Antecedentes Laborales
Examen Medico Preocupacional
Seguro de Vida - Declaración de Beneficiarios
Ley de Riesgos del Trabajo
Afiliación A.R.T. - Credencial Cobertura de Riesgos –
Nota con Procedimientos a Seguir en caso de accidentes
Formularios Asignaciones Familiares del Portal Anses:
Ps 2.4 (Declaración Jurada de Cargas de Familia)
Ps 2.5 B (Novedades Unificadas SUAF)
Ps 2.6 (Notificación del Régimen de Asignaciones Familiares.)
Ps 2.5.5 (Declaracion Jurada AAFF)
Sin perjuicio de lo anterior debe contratar 2 (dos) pólizas de seguro, para cubrir los siniestros que puedan acontecer a los trabajadores.
La primera es la de Riesgos de Trabajo, regulada por la Ley 24.557 y su modificatoria la 26773. Este seguro protege al dependiente respecto de cualquier accidente o enfermedad profesional a mediante prestaciones medicas y dinerarias .
La otra cobertura es la del Seguro de Vida Colectivo Obligatorio al que habitualmente se denomina SVCO, establecido por el Decreto 1567/74, y ante el fallecimiento del trabajador - más allá del motivo - prevé una suma dineraria de importe fijo a percibir por los deudos.
Se debe contratar a una ART (Administradora de Riesgos del Trabajo-ley24557) y cumplir con los exámenes pre-ocupacionales de modo de deslindar la responsabilidad del consorcio respecto a enfermedades preexistentes. Tener presente que dicho trámite corre por cuenta del consorcio.
Los exámenes periódicos de frecuencia anual – en cambio – los soporta la ART, aunque no siempre los cumplen. Resulta recomendable para el empleador revisar el estado de salud del trabajador a fin de detectar cualquier dolencia, en forma precoz, especialmente las que pudieren derivarse de su actividad profesional
Finalmente cabe destacar que ante el fin de la relación laboral, la norma prevé un examen post ocupacional, también tramitado por la administración y con cargo al consorcio para verificar el estado de salud del trabajador.
Evidentemente el objetivo del mismo es detectar cualquier dolencia generada por el trabajo. Ante el incumplimiento de dicha revisión podría provocar que la aseguradora no se hiciese cargo de las prestaciones de la ley.

En Administración CYGBA estamos muy atentos a éstos "detalles" ya que ahorran dinero al consorcio.

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viernes, 27 de enero de 2017

En CYGBA crecemos cuando enfrentamos retos...

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CYGBA sabe que cada edificio que administra es un nuevo desafío, un nuevo reto donde debemos poner a disposición toda nuestra experiencia, creatividad y pasión a disposición de cada propietario en pos de lograr destacarnos por realizar un trabajo prolijo y profesional; en esas circunstancias nació la APP CYGBA, la primer aplicación móvil para consorcios donde nuestros propietarios gozan de tener en su propio celular toda la información de su edificio sin más trámites, horarios o traslados.

Este nuevo reto tomado por Administración CYGBA significa un gran crecimiento para nuestra Administración y un importante precedente para todo el sector de administradores de consorcios profecionales.


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Cygba y sus consejos para utilizar el aire acondicionado

Consejos para usar el aire acondicionado
en forma racional

Administración CYGBA te acerca algunos tips a tener en cuenta a la hora de acondicionar un ambiente de modo adecuado; desde qué tener en cuenta a la hora de la compra hasta los “trucos” para estar fresco sin derrochar.
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 Las altísimas temperaturas provocan un boom en la compra de equipos de aire acondicionado. Al comprar un equipo de aire acondicionado es necesario conocer: las medidas del ambiente a acondicionar, su orientación, la incidencia del sol, la cantidad de personas que comparten ese ambiente y los artefactos eléctricos que se encuentran en él. Con estos datos, el especialista podrá indicar cuál es la mejor alternativa para adquirir.
Cuando uno decide la compra recordar lo que en CYGBA aconsejamos es recomendable elegir equipos de bajo consumo. La etiqueta energética que dice clase A indica que consumen menos energía que las clases B o C. Es recomendable recurrir a los especialistas: son ellos los que conocen la potencia ideal del equipo que se debe instalar, encontrarán la mejor ubicación bien ventilada y en lo posible verán que no le de el sol, de modo de minimizar el consumo y los instalarán con personal matriculado si no contas con un instalador de confianza pregunta en CYGBA, tal vez te podamos recomendar alguno o ingresa a .


Mantener las paredes exteriores pintadas de colores claros así absorben menos calor del sol.

martes, 24 de enero de 2017

En CYGBA nos ocupamos de los RIESGOS antes de que ocurran...

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Nos ocupamos de los RIESGOS antes de que ocurran...

En CYGBA sabemos que tomar decisiones, es tomar riesgos; aunque también tiene consecuencias no tomarlas.
Un líder está definido por el nivel de riesgos que éste toma y a los que está dispuesto a enfrentar!!


Es por eso que en CYGBA nos comprometemos en cada consorcio que administramos a enfrentar el nivel de riesgos más alto y como lo tomamos con la mayor de las responsabilidades es que estamos capacitados con esta nueva herramienta, 24.365, que consiste en monitorear de manera remota para minimizar la vulnerabilidad y ser absolutamente efectivos. 
CUIDAR edificios y propietarios es una cosa seria, en CYGBA trabajamos profesionalmente.


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Optimistas con CYGBA

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lunes, 23 de enero de 2017

OPINE CON CYGBA

Aumentos de hasta 40 por ciento en los contratos, próximos incrementos en las expensas y exigencias en las garantías: alquilar se vuelve cada vez más difícil. Por qué el Estado no regula el mercado. Testimonios.

Por Graciela Pérez
La depreciación del peso no solo provocó el auge de los precios minoristas. También, un fuerte alza de los alquileres, que indefectiblemente están atados a la cotización del dólar. Hoy, renovar un contrato de locación implica hacer frente a subas de hasta el 40 por ciento, ajustes semestrales por si la inflación continúa en su escalada, el aumento en expensas cuando los encargados de edificios definan su paritaria y, por si fuera poco, poseer una garantía en la ciudad de Buenos Aires. Semanas atrás, el secretario de la Cámara Inmobiliaria Argentina (CIA), Tomás Marolda, intentó explicar el fenomenal encarecimiento: “Los incrementos responden a tres momentos puntuales de los últimos dos meses y medio. Primero, cuando el gobierno saliente suelta los controles de precios, después cuando el gobierno entrante advierte que va a devaluar, y por último cuando se hace definitivamente la devaluación”, dijo. Las declaraciones de Marolda desencadenaron una serie de altercados en la organización y provocaron la renuncia del presidente, Enrique López, quien denunció intencionalidad especulativa y una campaña en su contra. Pero en línea con Marolda, Gervasio Muñoz, de Inquilinos Agrupados, afirmó que “con el anuncio del fin del cepo se renovaron alquileres con subas del 60 por ciento y aumentos semestrales del 15%”. Quien decida alquilar, o no le quede otra en estos tiempos, debe tener en cuenta la suma del depósito, de la comisión –que puede alcanzar los tres meses de alquiler porque el colegio de corredores resolvió que ahora no tenga límite– y de la garantía, para la cual se suele exigir que sea de familiar directo, o de un inmueble situado en la ciudad. Esas exigencias hacen que tener un trabajo y un salario que alcance para cubrir el costo mensual del alquiler no sean condiciones suficientes para ser un potencial inquilino. El tema de las comisiones es insólito. La ley porteña 2.340, aprobada en 2007, establece en su artículo 57 que la comisión que cobran las inmobiliarias no debe superar a un alquiler. Pero no se cumple. Hace unas semanas, y tras algunas denuncias, el Colegio de Corredores, que intenta legalizar la negociación entre las partes, tomó la decisión de no poner topes a las comisiones. Una medida ridícula porque, claro está, no pueden legislar. En lo concreto, queda todo librado al mercado y sin ningún control. Paula Caligaris alquila un dos ambientes en Belgrano y acaba de renovar su contrato: “Pasé de pagar $ 4.600 a tener que desembolsar $ 6.500, casi el 50 por ciento de mi salario. Por suerte, pude negociar pagarle a la inmobiliaria en dos cuotas la comisión de $ 13.000”. En busca de achicar gastos, dado que el lugar que alquila tiene expensas muy caras, Romina Martínez se desilusionó con los lugares que visitó. “Las filas son interminables y cuando llegás, o ya lo alquilaron o es tan feo y caro que te querés matar. Adonde estoy me ofrecen renovar por un año, porque con esta inflación no saben cuánto me van a cobrar en 2017”. Muñoz advirtió que “si el Estado no interviene, en 2017 va a ser muy difícil afrontar estas subas. Las paritarias no llegan a cubrir estos aumentos”. De acuerdo con sus estadísticas, hoy se destina más del 50 por ciento del salario al pago del alquiler y solo en la ciudad de Buenos Aires existen casi un millón de inquilinos, de los 5 millones que tiene el país. Del otro lado, los dueños de las viviendas practican actualizaciones periódicas (algunos cada seis meses) de los contratos por la inflación. Los propietarios alegan que esos alquileres se pactan por debajo de la inflación prevista y aseguran que la renta que sacan por la vivienda es bajísima, según los valores históricos. Pero los inquilinos tienen otra visión. Como muchos de ellos son trabajadores y empleados que cobran ingresos fijos, han perdido poder de compra en el último tiempo y los nuevos costos de los alquileres son un golpe a su bolsillo. A toda esta problemática se agrega un próximo aumento de las expensas, cuando los encargados de edificios definan su paritaria. Cecilia Seijo, gerente de la administradora de consorcios Cygba, explicó que en los últimos siete años, los aumentos en los haberes de los encargados fueron entre el 21 y el 33 por ciento, en 2 a 5 cuotas. El impacto en las expensas fue del 12 al 20 por ciento. “Se estima que las paritarias de los encargados van a tener un piso de 40% y seguramente se aplicará en etapas. Necesariamente, este incremento impactará en las expensas, teniendo en cuenta que el pago de los haberes insume más del 40 por ciento de los recursos del consorcio”, explicó. Mientras tanto, la falta de una ley de alquileres que delimite derechos y obligaciones, continúa siendo una carrera de obstáculos para acceder a un techo digno.
Un plan para pocos
En respuesta a las dificultades habitacionales del porteño de clase media, el Gobierno de la Ciudad lanzó el plan “Alquilar se puede”, un sistema orientado a jóvenes de entre 18 y 35 años, con o sin trabajo registrado, que deseen alquilar en la ciudad. Asimismo, la cuota del alquiler no debe superar el 30 por ciento de los ingresos mensuales, cuando el propio Ministerio de Hacienda admitió que, en 2010, el costo de un alquiler rondaba el 54 por ciento de los ingresos de un trabajador del sector privado. Jorge Velázquez, secretario de prensa del Banco Ciudad, detalló que “desde el lanzamiento, hubo 2.700 derivaciones del Instituto de Vivienda de la Ciudad (IVC) y se otorgaron 950 garantías”. Hasta mayo del año pasado, 15.000 interesados completaron los formularios vía web, pero no todos continuaron con el trámite en el IVC, ya sea porque no cumplían los requisitos o porque desistieron. Mariana Abuin tiene 34 años, es profesora de historia y trabaja en una escuela de la Capital Federal, por lo que cobra su salario a través del Banco Ciudad. Abuin intentó formar parte de “Alquilar se puede”, pero no consiguió que le otorguen el crédito: “Como estoy terminando de pagar un préstamo de mil pesos mensuales en el Credicoop, me pusieron reparos. Finalmente, me desgastaron física y mentalmente para que me baje antes de iniciar el trámite”, expresó Mariana. El plan puede ser bueno para quienes no poseen una garantía, pero en el mercado inmobiliario no es bien recibido. La falta de asesoramiento y la evasión de impuestos dificultan la recepción de las garantías bancarias. Así lo indicó Mirta Rodríguez, quien trabaja en el mercado inmobiliario hace 38 años: “Si el propietario estuviese bien informado, aceptaría la garantía bancaria, porque es más segura que la personal. Cuando el inquilino no puede pagar, el banco sale a cubrir. Pero a los propietarios nos les interesa que los coloquen como locadores y, mucho menos, blanquear capitales”. Por su parte, Gervasio Muñoz, de Inquilinos Agrupados, sostuvo la necesidad de que exista una garantía estatal y no bancaria, además de la construcción de viviendas para alquilar, como se hace en otros países.
Parte de un problema mayor
El hecho de que más personas se vean obligadas a alquilar y deban lidiar con el pago de contratos que se actualizan por la inflación es la cara más visible de un problema más acuciante: la falta de acceso a la vivienda propia en la Argentina. Para el arquitecto Horacio Ludigliani, abocado a proyectos de inversión en la industria de la construcción en Buenos Aires, “existe una brecha muy grande entre lo que sale una obra y el ingreso familiar. La rentabilidad con respecto a la inversión es muy baja. Por eso se necesitan instituciones más transparentes y serias que den respuesta al déficit habitacional, como sucede en Europa”. En marzo de 2002, el precio promedio de venta por metro cuadrado era de 272 dólares: hoy llega a los 1.833 dólares. Tal incremento se ha traducido en una creciente dificultad no solamente para acceder a la compra de una vivienda, sino también para ingresar al mercado de alquileres. Según la Dirección de Estadísticas y Censos, el costo de alquilar una unidad media de 75 metros cuadrados aumentó más de un 40 por ciento entre enero de 2007 y enero de 2012. Lo que era una suba desproporcionada se experimentó de golpe, en los últimos tres meses, como consecuencia de lo que muchos vieron como un éxito: el fin del cepo. Los resultados de los censos 2001 y 2010 arrojaron una disminución de la proporción de hogares propietarios de la vivienda y el terreno (de 67,5 por ciento a 65,1) y un aumento de los hogares inquilinos (de 15,8 a 21,4 por ciento). De esta manera, 500 mil personas están imposibilitadas de acceder a una casa digna en el ámbito de la Capital Federal y 900 mil inquilinos deben resignar la mitad de sus ingresos al pago del alquiler.

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domingo, 22 de enero de 2017

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OPINE CON CYGBA - De simples porteros a encargados superpoderosos

Especialista en administración de consorcios pasa revista al estatus logrado por los encargados de edificios. Primero lograron la jerarquización del oficio desterrando el título de "portero". Luego, por la presión del sindicato que los contiene, supieron conseguir mejoras salariales y beneficios extraordinarios. Hoy, mientras pugnan por un 24,5% de aumento, una ley porteña acaba de conferirle mas poder al SUTERH. 




La especialista en administración de consorcios de CYGBA SA, Cecilia Seijo, señaló hoy que si bien “la valoración del oficio del encargado de edificio fue un logro bien merecido, es un despropósito que perciban haberes superiores a los de un gerente de banco” y recordó que “durante la gestión del gobierno anterior se firmaron acuerdos con el SUTERH para incrementar sueldos de manera indiscriminada”.
Admitió que el incremento pretendido en el acuerdo paritario “es sustancialmente inferior al de 2015” pero puso énfasis en señalar que “de todos modos tendrá un impacto cercano al 12% en forma directa sobre las expensas de mas de 35 mil edificios de la Capital Federal.”.
“El convenio colectivo de los encargados es de los pocos donde la patronal está ausente”, criticó la letrada, y cuestionó también que “los propietarios quedan inconsultos a la hora de la negociación de los haberes de los encargados”. En este sentido, remarcó que “en muchos casos, estos haberes llegan a ser superiores a los que perciben los propietarios”.
Por otro lado, desaprobó la sanción de la Ley CABA 5.464 que crea el Consejo de Propiedad Horizontal de la Ciudad ya que consideró que “se estableció solamente para tomar una posición dominante de los sindicatos sobre la propiedad horizontal y los administradores”.
Asimismo, criticó que se haya hecho caso omiso a “los reclamos de un amplio sector de la propiedad horizontal que habían solicitado el veto de la ley”.


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sábado, 21 de enero de 2017

ASEGURAN QUE LAS CÁMARAS DE VIDEOVIGILANCIA SIRVEN PARA DISUADIR Y PREVENIR DELITOS, OPINE CON CYGBA

En relación a la ola de entraderas registradas en Provincia de Buenos Aires, el especialista en consorcios Gustavo Borghi señaló hoy que "la instalación de cámaras de videovigilancia contribuyen no solo a la prevención del delito sino también a la disuasión". Luego, en relación al caso de la banda desbaratada en Caballito que robaba edificios copiando llaves, aseguró que "la seguridad es una preocupación constante ya que el delito cada vez se va perfeccionando más. Desde las administraciones nos venimos ocupando desde hace mucho tiempo de lo que tiene que ver con copia-llaves y las llamadas entraderas".
"Lo cierto es que hoy los costos de la tecnología han bajado bastante y están al alcance de todos. Las cámaras de seguridad se han convertido en algo accesible", remarcó, y añadió: "Nosotros recomendamos el uso de cámaras no solo desde punto vista de la seguridad sino también desde el punto de vista del control de las propias instalaciones. Los actos de vandalismo se resuelven bastante con el uso de las cámaras".
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Borghi -que es socio fundador y representante legal de CYGBA S.A- explicó que "los sistemas de seguridad son flexibles y admiten saltos de a cuatro cámaras. Dependiendo del tamaño de la propiedad, pueden ser suficientes 4, 8 o 16 cámaras para un consorcio chico o mediano y hasta 100 cámaras para los grandes consorcios".

Asimismo, indicó que "la tecnología permite acercar los ojos del administrador al edificio para cuidar el patrimonio de los propietarios y  para controlar de cerca la actividad de encargados, intendentes, empresas de seguridad, de limpieza y proveedores de servicios desde nuestro Centro de Monitoreo ".  


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Afirman que durante el gobierno anterior, el Suterh logró mejores convenios que la UOM

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Especialista en consorcios de Cygba SA, Gustavo Borghi, se metió en la discusión por paritarias y puso en tela de juicio el nivel de sindicalización logrado por el gremio de los encargados de edificios: "El Suterh tiene cada vez mas influencia a nivel nacional. Los convenios que han logrado durante el gobierno anterior han sido mejores que los alcanzados por otros gremios tradicionales como la UOM".
"Me parece poco razonable que un encargado gane mucho mas que un docente o un profesional con título", disparó el ingeniero, y agregó que "hay una distorsión muy grande que habría que revisar".
Además, comentó que "la gente protesta muchísimo no sólo porque ve los aumentos de haberes reflejados en las expensas sino porque en el 80% o 90% de los casos hay insatisfacción por el servicio que se recibe".
Luego, dijo que "a la hora de tomar una medida disciplinaria o despedir a un encargado, los montos son impagables. En la justicia laboral es muy difícil lograr un fallo de un despido con causa, con lo cual se termina pagando una indemnización con prebenda".
"A la hora de exigir el vecino tiene menos derechos porque la sindicalización ha sido tanta que se ha convertido en una extorsión de trabajador al propietario", concluyó.
CYGBA SA es una empresa dedicada a la Administración de grandes consorcios con mas de 30 años en el mercado y sólida experiencia que se respalda en la capacitación profesional constante de gerentes y administradores .

Mas información en www.cygbasrl.com.ar


Fuente: http://www.minutopolitico.com.ar/la-semana/6843-afirman-que-durante-el-gobierno-anterior-el-suterh-logro-mejores-convenios-que-la-uom

viernes, 13 de enero de 2017

CYGBA te pregunta: Cuáles son tus mejores vacaciones?

CYGBA te pregunta: 
Cuáles son tus mejores vacaciones?



Para Administración CYGBA, las mejores vacaciones son aquellas que cuando regresas, tu lugar se encuentra como si jamás hubieses partido.

Controlá a la distancia tu edificio con la Aplicación Móvil para Consoricos CYGBA.



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Felices Vacaciones con la Aplicación Móvil CYGBA!

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Con la Aplicación Móvil de Consorcios que Administración CYGBA pone a tu disposición, vas a poder descansar y relajarte pero sin dejar de controlar tu hogar...
Administración CYGBA publica sus liquidaciones de expensas, podes hacer un seguimiento de los reclamos gestionados por la Administración CYGBA, consultar el reglamento de copropiedad y muchas otras funciones más; descubrilas ingresando en www.cygbasrl.com.ar

jueves, 12 de enero de 2017

CYGBA te aconseja



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– Si tiene alguna enfermedad o requiere algún tratamiento infórmelo a la gerencia al ingresar al establecimiento.
– Si va a pagar con tarjeta de crédito o cheque de viajero infórmelo a la gerencia.
– Si tiene una queja sobre la atención del personal o algún servicio, realícela por escrito a la gerencia.
– Antes de hacer una denuncia por el robo de alguna pertenencia, revise cajones, ropa, piso, bajo la cama, ropa sucia o la basura y repase mentalmente sus actividades del día. Si acusa injustamente a alguien, CYGBA cree que este mal entendido provocará una situación desagradable para usted y para aquél que ha acusado.
– Infórmese sobre ciertos servicios de emergencia del destino: médicos, policía, cajeros automáticos, centros de información turística, etc.
– Si gotea la canilla del baño, llame a reparaciones. A la medianoche puede ser una tortura.
– Si tiene problemas por las temperaturas (exceso de calefacción o aire acondicionado) llame a la gerencia.
– Si el colchón es muy duro o demasiado blando solicite su reemplazo. El sueño es sagrado.
– No se lleve de recuerdo objetos de propiedad del hotel (ceniceros, toallas, etc.).
– Le deben informar, al ingresar en el establecimiento, el costo de las llamadas de teléfono. CYGBA le recuerda que puede recibir sorpresas desagradables.
– Verifique el horario de las comidas y desayunos.
– Asegúrese de cerrar correctamente su vehículo en el estacionamiento y de no dejar objetos de valor.
– Infórmese si realizan cambio de divisas en el hotel o el lugar donde puede realizar esta operación.

Con estos pequeños consejos que Administración CYGBA te trae, vas a poder disfrutar de unas vacaciones sin inconvenientes ni interrupciones.

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Si vas a hotel, CYGBA te aconseja...
(Parte II)


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– Consejo de seguridad CYGBA:

– Nunca deje objetos de valor o dinero en efectivo en la habitación.

-Nunca deje un cigarrillo encendido en la habitación.
– No dé detalles de su hotel (nombre del mismo, número de su habitación, etc.) a desconocidos.
– No invite a personas extrañas a su habitación.
– Si se ausenta jamás deje una nota a la vista diciendo cuando regresara.
– Si personal de mantenimiento plantea realizar reparaciones (de electricidad, teléfonos, gas, agua, etc.) o servicios (limpieza de ventanas, etc.) y quiere ingresar en su habitación para realizar alguna reparación sin que usted la solicite, no autorice su ingreso. Llame a la recepción o gerencia del hotel y consulte por este personal.
– Nunca autorice el ingreso en su habitación a personas que pretendan entregarle objetos o prestarle servicios que usted no ha solicitado.

Y... el úlitmo consejo CYGBA de esta segunda entrega:
– No se lleve la llave del hotel.

miércoles, 11 de enero de 2017

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Pequeños consejos de Administración CYGBA:

LA SEGURIDAD EN LOS HOTELES,pequeños consejos de Administración CYGBA:

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 Si se aloja en hoteles, siga estas sencillas recomendaciones de Seguridad de Administración CYGBA para mantenerse seguro y sin problemas.
 – Al registrarse en el establecimiento, mantenga a la vista su equipaje.
– Distinga al empleado que transporta el equipaje a su habitación, no permita que lo hagan personas extrañas.
– Deposite objetos de valor y dinero que no va a usar en la caja de deposito del establecimiento.
– Al salir de su habitación, verifique si fue correctamente cerrada.
– Durante su estancia en la habitación permanezca con la puerta cerrada.
– Si sale de su cuarto, aunque por poco tiempo, cierre la puerta y verifique que está correctamente cerrada.
– Nunca deje la llave de su habitación sobre el mostrador, cerciórese de que la recibe en mano el empleado del hotel.
– Informe inmediatamente al gerente o propietario del establecimiento si observa personas sospechosas en el hotel.

Con estos pequeños consejos que Administración CYGBA te trae, vas a poder disfrutar sin inconvenientes de unas vacaciones geniales!

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