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jueves, 31 de marzo de 2016
miércoles, 30 de marzo de 2016
GENERALIZACIÓN
DEL USO DE FACTURA ELECTRÓNICA PARA TODOS LOS RESPONSABLES INSCRIPTOS 2016
Recordamos que a través de la Resolución General
3749 de AFIP se había establecido a partir de junio de 2015 la obligatoriedad
de emitir facturas electrónicas a todos los responsables inscriptos en IVA y a
determinados sujetos que realicen ciertas actividades sin importar su situación
frente a tal impuesto.
Luego la Resolución
General 3739 prorrogó el plazo original hasta el 31 de marzo
de 2016 para todos aquellos que aún no habían comenzado a emitir los
comprobantes electrónicos.
Ahora mediante la Resolución General
3840 y sólo para aquellos responsables inscriptos en IVA que a la fecha no
están confeccionando facturas electrónicas, se establecen las fechas a partir
de las cuales deberán generar este tipo de comprobantes en base a la
facturación del año 2015 según el siguiente detalle:
- Sujetos
con ventas netas iguales o superiores a $ 2.000.000: desde el 1º de abril
de 2016
- Sujetos
con ventas netas entre $ 500.000 y $ 1.999.999: desde el 1º de julio de
2016
- Sujetos
con ventas netas inferiores a $ 500.000: desde el 1º de noviembre de 2016
Adicionalmente la citada Resolución establece para las
siguientes actividades (independientemente de la condición ante el IVA) la
obligación de emitir facturas electrónicas a partir del 1º de noviembre de
2016:
-
* Empresas
prestadoras de servicios de medicina prepaga,
-
* Galerías
de arte, comercializadores y/o intermediarios de obras de arte,
-
* Establecimientos
de educación de gestión privada,
-
* Locadores
de inmuebles rurales y
-
* Quienes
administren, gestionen, intermedien o actúen como oferentes de locación
temporaria de inmuebles de terceros con fines turísticos o titulares de
inmuebles que efectúen contratos de locación temporaria de dichos inmuebles con
fines turísticos.
Recordamos que a partir del primer período mensual en
que se emitan los comprobantes electrónicos por las 5 actividades antes
descriptas, los sujetos quedarán eximidos de cumplir con el Régimen Informativo
previsto para cada una de esas 5 actividades.
Por último recordamos que de acuerdo a la Resolución General
Nº 3.685 todos los contribuyentes inscriptos en IVA y que emitan facturas
electrónicas deben confeccionar mensualmente el Régimen Informativo de Compras
y Ventas.
Por lo que si algún administrador o consorcio
inscripto en IVA aún no se encontraba emitiendo facturas electrónicas (por
haber hecho uso de las prórrogas previstas) al pasar a tener que
confeccionarlas de este modo, debe tener en cuenta que a partir del mes en el
que ingrese deberá además confeccionar el Régimen Informativo de Compras y
Ventas.
lunes, 28 de marzo de 2016
ASEGURAN QUE LAS CÁMARAS DE VIDEOVIGILANCIA SIRVEN PARA DISUADIR Y PREVENIR DELITOS
·
Edificios Seguros
En relación a la ola de entraderas registradas en Provincia de
Buenos Aires, el especialista en consorcios Gustavo Borghi señaló hoy que
"la instalación de cámaras de videovigilancia contribuyen no solo a la
prevención del delito sino también a la disuasión". Luego, en relación al
caso de la banda desbaratada en Caballito que robaba edificios copiando llaves,
aseguró que "la seguridad es una preocupación constante ya que el delito
cada vez se va perfeccionando más. Desde las administraciones nos venimos
ocupando desde hace mucho tiempo de lo que tiene que ver con copia-llaves y las
llamadas entraderas".
"Lo cierto es que hoy los costos de la tecnología han
bajado bastante y están al alcance de todos. Las cámaras de seguridad se han
convertido en algo accesible", remarcó, y añadió: "Nosotros
recomendamos el uso de cámaras no solo desde punto vista de la seguridad sino
también desde el punto de vista del control de las propias instalaciones. Los
actos de vandalismo se resuelven bastante con el uso de las cámaras".
Borghi -que es socio fundador y representante legal de CYGBA
S.A- explicó que "los sistemas de seguridad son flexibles y admiten saltos
de a cuatro cámaras. Dependiendo del tamaño de la propiedad, pueden ser
suficientes 4, 8 o 16 cámaras para un consorcio chico o mediano y hasta 100
cámaras para los grandes consorcios".
Asimismo, indicó que "la tecnología permite acercar los
ojos del administrador al edificio para cuidar el patrimonio de los
propietarios y para controlar de cerca la actividad de encargados,
intendentes, empresas de seguridad, de limpieza y proveedores de servicios
desde nuestro Centro de Monitoreo ".
miércoles, 23 de marzo de 2016
martes, 22 de marzo de 2016
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