Quién elige al encargado -elección, funciones y obligaciones.
Cambiar un cuerito, encontrar un duplicado de una llave o solucionar una fuga en el termotanque.
Todos alguna vez requerimos la ayuda del encargado. Sin embargo, la ley establece ciertos límites sobre lo que debe y qué no puede hacer el personal que trabaja en el edificio.
El encargado solo puede hacer tareas extras en sus horarios de descanso. Si el encargado trabaja mañana y tarde, tiene derecho a un descanso de 4 horas entre ambos turnos. Asimismo, el consorcio es responsable solidario de cualquier infracción que cometa el encargado. Así que, si por hacer un favor a un vecino, el encargado raya un auto en la cochera o rompe un caño, todos los consorcistas pagarán por el daño.
El encargado solo puede hacer tareas extras en sus horarios de descanso. Si el encargado trabaja mañana y tarde, tiene derecho a un descanso de 4 horas entre ambos turnos. Asimismo, el consorcio es responsable solidario de cualquier infracción que cometa el encargado. Así que, si por hacer un favor a un vecino, el encargado raya un auto en la cochera o rompe un caño, todos los consorcistas pagarán por el daño.
El encargado, según normativa, deberá observar el correcto aseo e higiene personal durante la jornada laboral como asimismo de la vestimenta, que debe proveerle el consorcio. Tiene que estar disponible y ser diligente con la limpieza. Pero las tareas de limpieza no incluyen el retiro de la basura del edificio y su puesta en contenedores: si los consorcistas no desean realizarlo ellos mismos, deben pagar un plus, regulado por convenio. El encargado tampoco es personal de seguridad ni realiza tareas de vigilancia. Otro ítem que no es obligatorio para el personal que trabaja en edificios es recibir notificaciones judiciales o cartas certificadas a nombre de los propietarios o inquilinos.
Una de las obligaciones que sí tiene el encargado es mantener limpia la vereda. Sin embargo, hay restricciones en el uso del agua, y no siempre son respetadas. En la Ciudad de Buenos Aires las veredas no pueden baldearse entre las 9 de la mañana y las 10 de la noche, ni tampoco los martes o jueves. Fuera de ese margen, debe usarse un “balde o manguera con dispositivo de corte automático de agua a fin de evitar su derroche”, a riesgo de que el consorcio sea sancionado con hasta $3.000 de multa.
El sueldo de los encargados suele ser un tema álgido. Lo negocia el Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (Suterh) con un consejo de la propiedad horizontal, donde tienen representantes los administradores. La elección del encargado es otro asunto que provoca rispideces. El encargado es sugerido por el Administrador del consorcio, pero debe ser seleccionado por la asamblea de propietarios. Es un mito que sea obligatorio para los consorcios contratar un encargado. Ya que el mayor componente de las expensas ordinarias es su sueldo, muchos consejos de administración deciden tercerizar el servicio de limpieza en una empresa.
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